Registro de Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la resolución 140 de 2007, estarán inscritas en el Registro de Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica las empresas que acrediten ante el Ministerio de Agricultura el cumplimiento de los requisitos mínimos para la prestación del servicio establecidos en dicha resolución (“Empresas Inscritas en el MADR”), y las entidades que se encuentren debidamente acreditadas e inscritas en el Registro Único Nacional de Oferentes de Servicios de Asistencia Técnica Directa Rural a que se refiere el Decreto 2980 de 2004 (“EPSAGROS Calificadas”).
 
Por esta razón, tanto las empresas que se encuentren en la lista de “Empresas Inscritas en el MADR” como las “EPSAGROS Calificadas”, se encuentran habilitadas para prestar el servicio de asistencia técnica dentro del marco del IAT.
 
- Empresas Inscritas en el MADR
 
- EPSAGROS Calificadas