Registro de Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica
Las entidades prestadoras que deseen prestar el servicio de asistencia técnica en el marco del IAT deben estar inscritas en el Registro de Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica (“Entidades Inscritas en el MADR”), de acuerdo con los requisitos definidos en la Resolución 049 de 2010 del MADR.Las entidades que se encuentren debidamente acreditadas e inscritas en el Registro Único Nacional de Oferentes de Servicios de Asistencia Técnica Directa Rural a que se refiere el Decreto 2980 de 2004 (“EPSAGROS Calificadas”), serán inscritas automáticamente en el Registro de Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica.
Por esta razón, tanto las Entidades que se encuentren en la lista de “Entidades Inscritas en el MADR” como las “EPSAGROS Calificadas”, se encuentran habilitadas para prestar el servicio de asistencia técnica en el marco del IAT.
- Entidades Inscritas en el MADR
- Entidades Inscritas en el MADR - Organizaciones Gestoras Regionales
- EPSAGROS Calificadas
Atención: Ahora los formatos relacionados con la asistencia técnica se diligencian en línea. Para esto debe registrarse como usuario del sistema. Hemos creado un instructivo para guiarlo en unos sencillos pasos. Por favor realice las siguientes acciones:
Inscripciones de Entidades prestadoras de asistencia Técnica. >>> Formularios <<<
En caso que tenga preferencia por diligenciar los formatos en Excel, descáguelos a continuación:
- Formato No. 1 Inscripción de entidad prestadora de asistencia técnica
- Formato No. 2 Hoja de vida de profesional o técnico
- Formato No. 3 Reporte de información trimestral

