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Incentivo a la Capitalización Rural (ICR)

El Incentivo a la Capitalización Rural ( ICR) es un apoyo para proyectos de inversión nuevos, en predios propios, en arriendo o bajo algún tipo de tenencia o posesión de buena fe, y que tengan por objeto la modernización de su actividad, el mejoramiento de sus condiciones de productividad, competitividad y sostenibilidad, y la reducción de riesgos.

El reconocimiento de este apoyo se efectúa mediante la realización de un abono al saldo del crédito que contraiga el productor para financiar las actividades de inversión que sean objeto del Incentivo.

Con la implementación del Programa AIS se ha fortalecido este instrumento, mediante la asignación de más recursos para el otorgamiento del incentivo y la ampliación de las inversiones que pueden ser objeto del mismo.

Cómo acceder:

Para acceder al Incentivo a la Capitalización Rural (ICR) del Programa AIS, el interesado debe dirigirse a un intermediario financiero y presentar una solicitud de crédito, de acuerdo con el Manual de Servicios del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario.

Beneficiarios:

  • Pequeños productores.
  • Medianos productores especiales.
  • Medianos productores.
  • Grandes productores.
  • Inicialmente, el ICR se implementará para pequeños productores y en el mes de febrero se ampliará su ejecución a medianos y grandes productores.

Actividades Financiables

  • Adecuación de tierras y manejo del recurso hídrico.
  • Obras de infraestructura para la producción.
  • Desarrollo de biotecnología y su incorporación en los procesos productivos.
  • Maquinaria y equipos para la producción agrícola.
  • Equipos pecuarios y acuícolas.
  • Equipos para pesca artesanal y pesca de medianos productores.
  • Transformación primaria y comercialización de bienes de origen agropecuario.
  • Plantación, mantenimiento y renovación de cultivos de tardío rendimiento.
  • Adquisición de ganado bovino puro.
  • Sistemas de producción silvopastoril.
  • Infraestructura de servicios de apoyo a la producción.

Una vez se amplíe la ejecución a medianos y grandes productores, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural analizará la posibilidad de restringir campos de aplicación, para lograr una mayor cobertura con los recursos disponibles.

Adicionalmente, los créditos que tengan acceso al ICR también pueden acceder a las garantías del Fondo Agropecuario de Garantías ( FAG) de acuerdo con lo establecido en el Manual de Servicios de FINAGRO.

Para consultar el detalle de los requisitos para acceder a este instrumento recomendamos consultar:

Resolución de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

Circular FINAGRO.

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